Folgado: ‘El objetivo de Ayuda Bebé es ayudar a las familias en los primeros gastos del recién nacido o adoptado’
Esta subvención, dotada de 150 euros, está destinada a las familias en las que tenga lugar un nacimiento o adopción en 2015Esta ayuda debe de ser invertida en los comercios locales destinados a la venta de puericultura, productos farmacéuticos y de alimentación infantilFolgado: ‘El objetivo es ayudar a las familias en los primeros gastos del recién nacido o adoptado’
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrent ha aprobado las bases reguladoras de la ‘Ajuda Bebé’, una ayuda económica de 150 euros que podrán solicitar a partir del próximo martes 7 de abril las familias empadronadas en Torrent en las que tenga lugar un nacimiento o adopción en 2015. Esta subvención debe de ser invertida en los comercios del municipio adheridos a esta campaña, destinados a la venta de productos farmacéuticos y de alimentación para el menor, accesorios, ropa y complementos infantiles. Para poner en marcha la ‘Ajuda Bebé’, el Ayuntamiento de Torrent ha destinado 100.000 euros provenientes de la partida presupuestaria de Educación y Familia de 2015, aunque esta cantidad podría incrementarse si fuera necesario. La alcaldesa de Torrent, Amparo Folgado, ha señalado que ‘el objetivo de esta ayuda es facilitar a las familias el poder hacer frente a los primeros gastos del recién nacido/a o niño/a adoptado/a, así como promocionar el comercio local de Torrent’.
Los beneficiarios de la ‘Ajuda Bebé’ serán los progenitores o adoptantes del menor que sean titulares del libro de familia en el que figure registrado el nacimiento o adopción, y que convivan con el menor, tanto en los casos de nulidad, separación o divorcio, como en los casos de familias monoparentales. Es imprescindible que los progenitores o adoptantes residan en Torrent con carácter efectivo, acreditado e ininterrumpido con al menos 12 meses de antelación al nacimiento o adopción. En caso de que los padres se encuentren separados, lo deberán acreditar aportando copia de la sentencia de separación, no siendo necesario para la concesión de la ayuda que se encuentren empadronados los dos padres, concediéndose la ayuda al padre o madre que conviva con el menor y que se encuentre empadronado con 12 meses de antelación ininterrumpido a la petición de ayuda. En el caso de que los progenitores estén separados de hecho, pero que todavía no dispongan de la correspondiente sentencia de separación, el consistorio podrá requerir al solicitante que aporte documentación justificativa de dicha situación, e incluso, si lo considerase necesario, podrá requerir que los servicios sociales municipales elaboren un informe sobre dicho extremo. En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes que estén privados de la total o parcial patria potestad del menor o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública. En cualquier caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de la solicitud de la ayuda.
Esta subvención se otorgará a través de transferencia bancaria directa a las familias beneficiarias, una vez hayan presentado la solicitud de la ayuda en el Departament de Informació Ciudadana TDIC (situado en la planta baja del edificio consistorial), adjuntando el justificante de las compras realizadas, que igualen o superen la cantidad de 150 euros, de productos para el menor en los comercios adheridos a esta campaña. El modelo de instancia y el listado de los comercios adheridos a la ‘Ajuda Bebé’, estarán disponibles a partir del próximo martes 7 de abril tanto en la web municipal (www.torrent.es) como en el Departament de Informació Ciudadana TDIC.