periódico de Torrent online

La Conselleria de Sanidad condenada a indemnizar a los médicos por la falta de elementos de protección en la primera oleada de la pandemia.

0 972

El Juzgado de lo Social Nº 5 de Alicante ha dado la razón al Sindicato Médico de la C. Valenciana CESM-CV y ha sentenciado condenar a la Conselleria de Sanitat a indemnizar a los médicos por la desprotección a la que fueron sometidos durante la primera oleada de la pandemia por Covid-19.

El Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV manifiesta su satisfacción por el reconocimiento del Juzgado de lo Social nº 5 de Alicante del incumplimiento por parte de la Conselleria de Sanitat de sus obligaciones de proporcionar elementos de protección a sus trabajadores, del grave riesgo que ha supuesto esta actitud negligente para la salud y seguridad de los mismos y la condena a la Administración sanitaria a adoptar las medidas evaluación y riesgo de los puestos de trabajo, así como a la adopción de medidas protección y a indemnización a los trabajadores por el daño y perjuicio causado a sus trabajadores durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020.

En el fallo de la sentencia el juzgado de lo Social nº 5 de Alicante declara:

“que la Consejería de Sanidad de la Generalidad Valenciana tiene la obligación, en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, frente a sus trabajadores, de adoptar medidas y medios de protección tanto colectivos como individuales, habiendo infringido dicha obligación desde el conocimiento que se tenía de la existencia de una pandemia de COVID-19 y, especialmente, desde la declaración del estado de alarma, acordado por RD 463/20 de 14 de marzo de 2020.”

“que el incumplimiento de las medidas de prevención individual ha significado un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios, especialmente para el personal facultativo, por su exposición directa al riesgo de contagio que ha significado.”

“que los facultativos sanitarios tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales por la Consejería de Sanidad de la Generalidad Valenciana.”

Así mismo en la mismas sentencia se CONDENA A LA CONSELLERIA DE SANITAT a:

“la adopción inexcusable de las medidas de protección, previa evaluación de los riesgos y puestos de trabajo por los servicios de prevención correspondientes.”

“a dotar a los profesionales de los medios de transporte y protección individual en la atención domiciliaria sea en jornada ordinaria o en atención continuada.”

“a dotar al personal de los equipos de protección compuestos, al menos, por soluciones hidroalcohólicas, batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de protección, calzas específicas, guantes y contenedores grandes de residuos.”

“Y A ABONAR a cada uno de los trabajadores enumerados en el hecho probado segundo de la sentencia y de forma respectiva, LAS CUANTÍAS DE:

  • 5.000,00 euros para cada uno de los trabajadores que fueron forzados a trabajar sin elementos de protección adecuados.
  • 15.000,00 euros para cada uno de los trabajadores que fueron objeto de aislamiento por contacto con afectados de Covid-19.
  • 35.000,00 euros para cada uno de los trabajadores que se contagiaron de Covid-19 pero no precisaron ingreso hospitalario
  • 49.180,00 euros para cada uno de los trabajadores contagiados de Covid-19 y que precisaron ingreso hospitalario.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies