El Supremo confirma las condenas del torrentino Ábalos y Koldo al rechazar sus peticiones para anular la sentencia

El Alto Tribunal desestima por unanimidad los incidentes de nulidad presentados por el exministro torrentino y su antiguo asesor, mantiene las penas de prisión y abre la vía para que recurran ante el Tribunal Constitucional.

Madrid, 14 de octubre de 2026.– El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas impuestas al exministro de Transportes y exdirigente del PSOE José Luis Ábalos y a su antiguo asesor Koldo García por el denominado caso mascarillas, al rechazar las peticiones con las que ambos pretendían anular la sentencia dictada el pasado mes de junio. La Sala de lo Penal considera que sus alegaciones no justifican revisar el fallo y que se limitan a reproducir cuestiones que ya fueron examinadas durante el procedimiento. Fuente: El País.

La decisión supone un nuevo revés judicial para el exministro socialista y su antiguo colaborador, cuyas condenas quedan intactas tras agotarse esta vía de impugnación ante el propio tribunal sentenciador.

24 años de prisión para Ábalos y 19 para Koldo

El Supremo condenó el pasado 22 de junio a Ábalos a 24 años y tres meses de prisión, mientras que Koldo García recibió una pena de 19 años y ocho meses. Ambos fueron considerados responsables de delitos relacionados con la trama de corrupción vinculada a la contratación de mascarillas durante la pandemia de la COVID-19.

La sentencia también condenó al empresario Víctor de Aldama a cuatro años y medio de prisión, con la suspensión de su ingreso en la cárcel condicionada al cumplimiento de determinados requisitos, tras valorar su colaboración con la justicia. Fuente: RTVE.

La investigación judicial se centró, entre otros hechos, en las adjudicaciones de contratos de mascarillas desde organismos dependientes del Ministerio de Transportes y en el presunto cobro de comisiones irregulares relacionadas con esas operaciones.

El Supremo rechaza los argumentos de las defensas

Las defensas de Ábalos y Koldo García solicitaron la nulidad de la sentencia alegando distintas vulneraciones de derechos fundamentales y cuestionando aspectos del procedimiento judicial.

Entre las objeciones planteadas figuraban la competencia del Tribunal Supremo para juzgar al exministro después de que perdiera su condición de diputado, las garantías relacionadas con el acceso a determinadas pruebas digitales y la valoración de los elementos probatorios utilizados para fundamentar la condena.

Sin embargo, los magistrados han rechazado las alegaciones y han recordado que el incidente de nulidad no puede utilizarse para reabrir un debate judicial ya resuelto ni para discrepar nuevamente de los argumentos de una sentencia.

El Alto Tribunal considera, por tanto, que no concurren motivos que permitan anular las condenas dictadas en junio. Fuente: Cadena SER.

La vía del Constitucional, siguiente paso

Con esta resolución, Ábalos y Koldo García podrán acudir al Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo si consideran que se han vulnerado sus derechos fundamentales durante el proceso.

No obstante, la presentación de un eventual recurso no implica que vaya a ser admitido a trámite ni que las condenas queden automáticamente suspendidas. Corresponderá al Constitucional determinar si existen motivos suficientes para examinar las reclamaciones.

Por el momento, el Supremo mantiene su decisión y rechaza el intento de ambos condenados de dejar sin efecto la sentencia del caso mascarillas, en una de las causas judiciales más relevantes relacionadas con la corrupción en la contratación pública durante la pandemia.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Volver arriba