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Torrent abre el periodo para solicitar las ayudas para la mejora de la accesibilidad y la restauración de fachadas en edificios residenciales

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Se concederán ayudas de hasta 4.000€, u 8.000€ si incluyen la primera instalación de un ascensor, con el fin de hacer más accesibles y con mejor imagen las viviendas de la ciudad, además de reactivar el sector de rehabilitación de edificios

La fecha límite para presentar la solicitud es el 29 de septiembre de 2023 

El Ayuntamiento de Torrent convoca las subvenciones para la mejora de la accesibilidad y la restauración de fachadas en edificios residenciales, cuyo periodo para presentar la solicitud estará abierto hasta el 29 de septiembre de 2023. Tal como explica el concejal de Urbanismo y Vivienda, José Gozalvo, el objetivo de estas ayudas es “hacer más amable la vida diaria de la ciudadanía, facilitándoles la entrada y salida de sus propios domicilios, al tiempo que mejoramos la imagen del municipio y contribuimos a fomentar la reactivación del sector de rehabilitación de viviendas, de manera que podamos ayudar tanto a los residentes de estos edificios como a los trabajadores del sector”. 

Así, el consistorio torrentino concederá subvenciones de hasta 4.000 euros, o de 8.000 euros si incluye la primera instalación de un ascensor, incluyendo las actuaciones para para bajar a cota cero el acceso del ascensor y los trabajos de mejora de la accesibilidad entre las diversas plantas que conforman el edificio y que comuniquen con las viviendas, zonas de uso común o elementos asociados a los mismos. Entre los gastos subvencionables se computará el coste de ejecución material, los gastos generales y el beneficio industrial, junto con los honorarios de redacción del proyecto, dirección de las obras y evaluación del edificio, si correspondiera. No obstante, cabe destacar que la cobertura máxima de las ayudas será del 50% de coste total de la obra. 

De esta manera, previa obtención de la licencia de obras correspondiente o la presentación de una declaración responsable a su realización, se establece como requisito indispensable que las obras hayan sido concluidas entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023, siendo la fecha de finalización de las obras la última de las facturas abonadas al respecto. Igualmente, en relación a las ayudas correspondientes a la reforma de las fachadas, los edificios en cuestión deben ser anteriores al año 1996, según lo que indica el catastro.

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