El artículo 57, apartado 2, de la LOMCE establece que corresponde a las administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una
atención educativa diferente a la ordinaria, puedan tenerla.
La dislexia aunque es de amplia y compleja definición, podemos definirla como una Dificultad Específica de Aprendizaje (DEA) de origen neurobiológico, caracterizada por la presencia de dificultades en la precisión y fluidez en el reconocimiento de palabras (escritas) y por un déficit en las habilidades de decodificación (lectora) y deletreo, co
n una incidencia estimada del 15% entre los españoles. Estudios académicos apuntan que la dislexia no detectada ni abordada en el contexto sanitario educativo puede llegar a explicar hasta el 40% del fracaso escolar, combinado con otros factores.
En España se estima que 700.000 alumnos sufren dislexia, cifra que pone de manifiesto al colectivo, así como a su inmediata intervención
.
La implementación de una serie de actuaciones en los centros educativos resulta fundamental para que estos niños desarrollen sus capacidades educativas, emocionales y sociales, con todos sus derechos y garantías, básicamente deben estar canalizadas hacia
la detección e identificación temprana, a la intervención educativa, a la formación de profesionales, al asesoramiento y orientación de las familias; motivo por el cual Cs Torrent solicitará un plan municipal contra la dislexia, de carácter multidisciplinar, que involucre esencialmente al ámbito sanitario, educativo y social.